El Kit Digital es un programa público de subvenciones económicas con el objetivo de implantar soluciones digitales. Las ayudas públicas del Kit Digital, conocidas como bono digital, están financiadas con los fondos Next Generation de la Unión Europea. Con esta asignación a fondo perdido, el Gobierno quiere impulsar la digitalización del tejido empresarial español.

Las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo podrán acceder al Bono Digital para impulsar la transformación digital y mejorar sustancialmente su presencia en internet. Su principal meta es facilitar la creación, reestructuración y crecimiento de estas organizaciones a través de los Agentes Digitalizadores y optimizar sus negocios.

Estas ayudas no son compatibles con ayudas percibidas de otras subvenciones, ingresos o recursos que cubran el mismo coste.

¿A quiénes van dirigidos los fondos del Segmento II?

Para esta convocatoria serán beneficiarios pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español. El número de trabajadores se calcula teniendo en cuenta los datos de trabajadores existentes en Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el momento de la solicitud. El plazo para contabilizar la plantilla media de trabajadores será el de los doce meses previos a la fecha de solicitud de la ayuda.

Los solicitantes deben tener una antigüedad mínima de unos seis meses de actividad en el momento de la solicitud.

En esta convocatoria no se contemplan como beneficiarios las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartidas con actividad económica contempladas. Por ello no serán beneficiarios.

Tiene que haber una mejora sustancial en materia de digitalización. Estas subvenciones tienen un claro objetivo para ayudar a aquellas empresas que no tengan presencia en internet o que suponga un aumento sustancial en materia digital.

Segmento II

En este segmento los beneficiarios serán aquellas empresas que cuente con un número de empleados entre 3 y menos de 10 empleados.

Estas ayudas serán como máximo de 6.000€ por cada empresa solicitante para servicios durante 12 meses.

En la siguiente tabla se presentan las categorías de soluciones de digitalización:

Categoría de Soluciones de DigitalizaciónMeses de prestación del servicioSegmento II
Sitio web y presencia básica en Internet*122.000 €
Comercio electrónico.122.000 €
Gestión de redes sociales.12 2.500 €
Gestión de clientes.122.000 € (incluye 1 usuario)
Business Intelligence y analítica.12 2.000 € (incluye 1 usuario)
Gestión de procesos.123.000 € (incluye 3 usuarios)
Factura electrónica.122.000 € (incluye 3 usuario)
Servicios y herramientas de Oficina Virtual. 12250 € / usuario (hasta 9 usuarios)
Comunicaciones seguras.12125 € / usuario (hasta 9 usuarios)
Ciberseguridad.12125 € / usuario (hasta 9 dispositivos)
Presencia avanzada en internet.122.000 €
Marketplace.122.000 €

* Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7 de las Bases Reguladoras.

Requisitos de participación en esta convocatoria

Para esta convocatoria los requisitos son los siguientes:

  • Pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo del segmento II: entre 3 y menos de 10 empleados.
  • Con domicilio fiscal en territorio español.

Fechas de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será de 12 meses. Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo establecido: desde el 2 de septiembre de 2022 a las 11:00 hasta el 2 de septiembre a las 11:00.

Este plazo finalizará antes si se agota el crédito presupuestario para la presente Convocatoria.

Pasos para digitalizar tu empresa

  1. Acceder a la página de Acelera pyme y realizar el Autodiagnóstico.
  2. Solicitar la ayuda kit digital en la web de red.es y completar todos los pasos del formulario para realizar la solicitud formal. Este paso lo puede realizar la empresa solicitante, su representante legal o un representante voluntario que cuente con su autorización.
  3. Se analizará la solicitud. Al ser aceptada, el gobierno hará entrega de un bono de digitalización que la empresa podrá gastar en cualquiera de los servicios homologados proporcionados por los Agentes Digitalizadores.
  4. Acceder al Catálogo de Soluciones de Digitalización para poder ver todas las opciones y servicios disponibles.
  5. Solicitar los servicios a la empresa encargada de ellos, es decir, a los Agentes Digitalizadores.
  6. Firmar el acuerdo de los servicios y abonar el IVA de la factura. El IVA no está subvencionado, por lo que será abonado previamente por la empresa beneficiaria del Bono Digital.
  7. Y desde aquí ya nos ponemos en marcha con el proyecto digitalizador.
  8. Una vez ejecutados y producidos los servicios, se establecerá la factura y la Agencia Digitalizadora procederá a realizar el cobro de la subvención.

Si quieres información sobre cómo conseguir la subvención del Bono Kit Digital para tu empresa puedes contactar con Miga a través de nuestro formulario.


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